lunes, 4 de marzo de 2013

Historia Antiqua: De Municipia ( III )

Y a la tercera va la vencida, o eso dicen. Vamos a ver si finiquitamos este tema (véanse las anteriores entradas: Historia Antiqua: De Municipia I e Historia Antiqua: De Municipia II).

Como decíamos ayer (emulando a Fray Luis de León), todo ciudadano romano tiene asignado su munus, que debe cumplir, aun el mismo emperador. No obstante, ello no fue óbice para que la palabra evolucionase y munera acabase por quedar asociada a las labores de la plebe, quedando para las "clases altas" los conceptos asociados de dignitas y honor. Recordemos que una mayor posición social conllevaba munera más elegantes, llevaderos y mejor remunerados (valga el juego de palabras).

Como ejemplo de lo problemático que podía ser el cumplimiento de los munera en ocasiones puede ser un pequeño relato que Cicerón nos refiere en In Contra Verrem (las Verrinas, los discursos contra Verres). Verres, como legatus de Roma, está de paso en Lámpsaco, ciudad de Asia Menor, y tanto él como su séquito deben alojarse en dicha urbe, por lo que tienen que encontrar un lugar donde hospedarse. Dado que no hay invitación previa de ningún residente de Lámpsaco, algunos de los ciudadanos deben cumplir con el munus de hospitalidad y acoger a los enviados de Roma. ¿No es sorprendente? Este tipo de eventos estaban bien regulados, según se entiende del caso. Verres no puede escoger la casa en la que va a dormir, pues ello obedece a una autoridad superior a la suya. Janitor (no estoy muy seguro de la ortografía de este nombre en castellano) es designado para ser su anfitrión, pues en el momento del suceso es su turno para recibir huéspedes del cargo de Verres. Si Janitor no cumple bien con su deber no sólo será desprestigiado, sino que el cumplimiento del munus no será contabilizado, y será susceptible de repetirlo. Verres, no obstante, desea acogerse en casa de Filodamo, otro ciudadano, porque le han comentado que tiene una hija muy hermosa, pero ni el mismo legado romano puede decidir el cambio de casa sin una justificación razonable. A Filodamo, además, no le corresponde el munus de hospitalidad ese año, y de todas formas Verres no hubiera podido alojarse en su hogar, porque a Filodamo le corresponden cargos de más categoría que los legati (que no es baladí). El triste desenlace, en fin, es que por culpa de Verres acaban produciéndose graves altercados en la ciudad, y algunos de los hombres del enviado de Roma son asesinados. Cicerón se lamenta de que la buena gente de Lámpsaco deba ser ahorcada, pues el crimen de asesinar a un ciudadano romano no puede ser perdonado.

De todas formas, este pequeño acotecimiento nos enseña más sobre el funcionamiento de los munera. Todo estaba perfectamente planificado en el album (el libro blanco).

Por último, voy a explicaros algunos de los principios básicos según los que (en teoría) se rigen los munera.

Cada ciudadano debe cumplir con su deber en la medida en que pueda. Cada uno contribuye en función de lo que puede aportar. Esto intenta adecuarse lo máximo posible a la realidad, y hay diversos ejemplos. Los menores de 14 años y los mayores de 60-65 están eximidos de los munera corporalia, y también las mujeres, pues se considera que no tienen tanta fuerza física como los varones. Los totalmente sordos o mudos no pueden ejercer los honores, pero sí los munera vulgares, aquéllos que no requieran el uso del intelecto. Los pobres solamente cumplen con los munera corporalia, se les exime de aquéllos que requieran aportar patrimonio, aunque obviamente el que deje de ser pobre dejará de estar liberado de estas obligaciones. Por ello se controlaba de cerca la situación de los ciudadanos. Veis que los munera van asociados a ciertos honores, aunque algunos de éstos honores podían ser molestos o problemáticos. Por ejemplo, al honor de ser decurión puede ir ligado el munus de la supervisión de obras públicas, lo cual incluye un dinero dado por la caja pública de la ciudad. Si el ciudadano al que se le confía este munus no está emancipado de su hogar, es su padre el fiador de dicho dinero. Por eso algunos ciudadanos pueden no querer los honores que se le quieren dar a sus hijos, pues son responsables de lo que hagan y su patrimonio puede verse perjudicado. Se puede recurrir en justicia, pues, para no ser receptores de dichas cargas, pero ello no los libera de tener que cumplir con su deber para la comunidad en la medida en que puedan. Ya hemos visto que para esto hay diversas excepciones, diversas excepcionalidades que eximen del cumplimiento de los munera civiles, aunque no de los honores, y hay otra excepción en lo que se refiere a la equidad: los munera se establecen por turnos, pero se prioriza siempre a aquél que tenga una mayor capacidad para llevar a cabo el cumplimiento del munus asignado (por ejemplo, si un munus requiere aportar dinero, se le adjudicará al ciudadano más rico), esto es, prima el interés y el beneficio de la ciudad.

Por otra parte, una cuestión a tener en cuenta es que no sólo deben cumplir con los munera los propiamente ciudadanos, sino todos aquéllos que residan en ella y/o la utilicen. En los municipia son relativamente frecuentes los incolae (individuos que pertenecen a una ciudad pero que residen y tienen sus cultivos en otra) y los possessores (individuos de una ciudad que tienen una propiedad en otra, aunque no vivan en ella). También los mendigos tienen que cumplir con su parte, aunque no tengan casa (deben cumplir con los munera corporalia y hacer de tutores de individuos como ellos).

El siguiente precepto que siguen los munera es el de no arruinar a nadie. La asignación de funciones debe ser equitativa, por turnos (según el orden dispuesto en el libro blanco, ya lo vimos) y según edades y dignidades. Además de ello, se debe seguir la gradación desde antiguo, es decir, respetar la gradación que ha habido siempre a la hora de repartir las tareas. Ulpiano dice que con ello se pretende evitar que las responsabilidades y deberes se carguen reiteradamente sobre los mismos ciudadanos y evitar así que la ciudad se debilite. No se trata de “ser justo”, lo que importa es el bien del municipio. Se han dado casos de personas que llegaron a arruinarse en el cumplimiento de los munera. Si se empobrece la élite, hay una crisis de gobierno, y si se empobrecen las clases bajas, no hay quien arregle la ciudad. El patrimonio privado es, así, de interés público.

Por último (y más cuestionable), los munera deben ser realizados cum sollicitudo anim ac uigilantia, (“con ánimo solícito y vigilante, esto es, con buen ánimo, de buena voluntad). Esto supone una ética cívica y una actitud que van más allá de la normativa jurídica: hay que hacerlo con ganas y de buena fe. Las raíces de esta forma de entender la sociedad son muy profundas y están muy arraigadas en el pensamiento romano, y no sólo el romano. Desde siempre, y hasta épocas muy recientes, el ser humano ha tenido una mentalidad de comunidad muy fuerte, porque era la única forma de sobrevivir en el mundo. El este caso, el silogismo reductor es el siguiente: el individuo vive en la sociedad (la ciuitas), la ciuitas lo protege y, por ello, el individuo ama a la sociedad y se entrega a ella. Esto no quiere decir que las cosas sucediesen así, ni mucho menos, pero es una forma de explicar una ética cuyos valores eran compartidos, si no por todos los ciudadanos, al menos sí por la generalidad de ellos. Pero ante todo, hay que tener en cuenta algo muy importante, y que no ha cambiado hasta hoy: todo esto es muy bonito sobre el papel, pero en la realidad, la base de la ética política es la riqueza. La riqueza permite ascender en la escala social y política, lo que permite la práctica de estos valores y el cumplimiento de buen grado de los munera cada vez en mayor medida, lo cual da prestigio y poder. Y ello es lo que da legitimidad a esa sociedad.

Yyy... creo que ésto ha sido todo. Esta última entrada del ciclo de De Municipia ha venido bastante retrasada por mi vagancia innata, pero al menos ya tengo la conciencia tranquila con respecto a ello. Espero que la lectura, a pesar de mi pedantería también innata al ahora de escribir, os haya resultado entretenida e interesante, y quizás, educativa. Muchas gracias a todos por leer y espero que os sigáis pasando de vez en cuando para leer cosas interesantes que haya podido aprender en la universidad (y que me anime a subir al blog).

Recordad que la información contenida en esta entrada procede de las explicaciones del profesor dadas a viva voz en clase. Cualquier error contenido en la entrada puede deberse a un simple despiste humano o, más probablemente, a un fallo del alumno y copista, es decir, yo.

3 comentarios:

Amando García Nuño dijo...

Interesante y, cuando menos, curioso, con algunos conceptos que son muy aprovechables ahorita mismo. Re-munerado estoy por la lectura.
Por cierto, hay un municipio en Albacete llamado Munera. Allí, a ls sombra de un molino, se entrega en Julio un curioso premio literario, entre gachas manchegas hechas -como munera, imagino- por los de Munera. Salud-os

Anna Genovés dijo...

¡Toma ya! Me he sentido -de nuevo- en la UV, en clase de Historia de Roma con el Dc. Rausell y sus historias.

Aquí, una, se ha quedado con la boca abierta, tal cual: estoy en un pupitre y tú eres el profe.

Buena lección. Roma siempre fue mi debilidad. Para amantes de la misma que no la hayan visionado, recomiendo la serie ROME. Lo mejor de lo mejor.

Un abrazo, profe. Ann@

Fénix dijo...

Recordemos que el mérito es de mi profesor, no mío xP